Peña promulgó ley de arbitraje: los alcances y en qué consiste

Tras reunirse con lo ministros de la Corte Suprema de Justicia este martes 23 de diciembre, el presidente Santiago Peña firmó la promulgación de la ley de arbitraje.

La nueva Ley de arbitraje tiene alcance privado, nacional e internacional. Permite que las controversias patrimoniales y transigibles se resuelvan mediante este mecanismo alternativo, cuando el lugar del arbitraje se encuentre en territorio nacional.

Además, la legislación establece qué tipos de controversias pueden someterse a arbitraje. Roberto Moreno, asesor Jurídico de la Presidencia, destacó en conferencia de prensa que este aspecto da previsibilidad y seguridad jurídica tanto a particulares como a inversores.

Toda cuestión de contenido patrimonial y transigible podrá ser sometida a arbitraje, así como aquellas que la ley o los tratados y acuerdos internacionales autoricen. No podrán someterse a arbitraje las controversias relacionadas con relaciones laborales individuales.

ARBITRAJE PARA LAS ENTIDADES

Pueden someter a arbitraje sus contratos y sus diferencias con particulares las entidades estatales, municipalidades, sociedades con participación estatl y entidades binacionales, a menos que sean cuestiones que atañen eclusivamente al derecho público.

EL PODER JUDICIAL NO ES REEMPLAZADO

El arbitraje actúa como complemento del Poder Judicial y como aliado, pero no lo reemplaza, antes bien, representa un alivio a la carga que acumula el Poder Judicial.

La modernización de los criterios legales; la protección adecuada de la actividad arbitral; y la optimización de la relación entre el Poder Judicial y el arbitraje son pilares de la legislación. Fuente: HOY