La Cámara de Diputados sancionó el proyecto de ley que permite reducir penas a los internos que cumplan con un determinado régimen de trabajo y educación. La legislación pasa al Ejecutivo.

En la última sesión ordinaria del 2025 realizada ayer, la Cámara Baja aprobó y sancionó el proyecto de ley que modifica varias disposiciones contenidas en la Ley N° 5162/14 ‘Código de Ejecución Penal para la República del Paraguay’.
Con los cambios en los artículos 120, 121 y 122 pretende precisar y ordenar reglas de redención ordinaria y extraordinaria a través de trabajo penitenciario, la educación básica y media para jóvenes y adultos, la formación universitaria y los programas de capacitación en oficios habilitados por el Ministerio de Justicia”.
La legislación va dirigida a los internos condenados a una pena privativa de libertad mayor a tres años que se encuentren en el período de tratamiento, en un establecimiento cerrado ordinario o semiabierto, y que posean una conducta calificada como muy buena, conforme a las disposiciones expresas del Código.
Podrán ser beneficiados con el régimen de redención ordinaria, por el cual se restará un día de la condena por cada dos días de trabajo o estudio, se resalta en el proyecto.
Para la “redención ordinaria”, se entenderá por un día la suma de horas de trabajo penitenciario y estudio, ya sea en educación básica, educación bilingüe para personas jóvenes y adultas, educación media para jóvenes y adultos, educación universitaria o capacitación en oficios aprobada por el Ministerio de Justicia, por un total de ocho horas, aun cuando dicho tiempo se haya completado en días distintos.
Tras la aprobación, el texto fue remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto. Fuente: HOY