La edad mínima para recibir la pensión universal de Adultos Mayores es de 65 años, pero esto varía en grupos prioritarios como personas con discapacidad y comunidades indígenas, que ingresan mucho antes. En lo que va de esta nueva ley incorporaron a 13.400 de estos sectores. Repasamos cuál es el mecanismo.

La ley que establece la pensión universal para el adulto mayor, vigente desde diciembre del 2023, estipula que la edad mínima a nivel general es de 65 años, pero que los ingresos se realizarán de forma gradual de mayor a menor. Ese descenso que inició en diciembre del 2023 y enero del 2024 con el rango de 106 a 90 años, hoy se encuentra en los 71 años, quedando un remanente de 340 personas de esa edad.
Para los grupos prioritarios se establecen otras edades mínimas. Para las personas con discapacidad, 60 años y para las comunidades indígenas, 55 años. En ambos casos, los ingresos se hacen de manera directa y sin la gradualidad de la población habitual, confirmó el viceministro Raúl Ramírez, en un contacto con Gen.
Para las personas con discapacidad, el Ministerio de Desarrollo Social trabaja directamente con Sinadis, la entidad que certifica la discapacidad en sus diferentes porcentajes. Para ser beneficiario, se requiere un 60 % de discapacidad.
En cuanto a las comunidades indígenas, el INDI es la entidad autorizada a certificar que una persona es indígena.
En lo que va de vigencia de esta ley, incorporaron a 1.400 personas con discapacidad y a 12.000 aborígenes.
A nivel general, todavía están pendientes de ingreso unos 102.000 adultos mayores. Dado que la ley establece un cupo de 30.000 incorporaciones al año, se estima que entre el 2027 y 2028 ingresaría el 100 %. Fuente: HOY