La ley de unificación de la patente vehicular sigue generando debate entre autoridades, legisladores y la ciudadanía. Mientras un sector de la Cámara de Diputados impulsa su derogación, el director de la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (OPACI), Nelson Peralta, sostiene que la mejor opción es modificarla para ajustarla a la realidad económica de los contribuyentes.

“Hay un sector que quiere derogar la ley 7447, pero considero que lo mejor es modificarla. Si se deroga, volvería a regir la ley 620/76 y su modificatoria, la 135/91, que establece el pago del 0.50% sobre el valor imponible del vehículo. Muchos intendentes no estaban cumpliendo con esta disposición y ahora se les está controlando”, explicó Nelson Peralta, director de OPACI, en entrevista con el canal GEN.
Uno de los principales problemas señalados es el aumento en el costo de la patente vehicular, especialmente para los propietarios de autos más antiguos. “Antes pagaban 120.000 o 130.000 guaraníes, pero con la nueva ley, el monto mínimo subió a 215.000 o incluso 270.000 guaraníes. El mayor impacto lo están sufriendo los dueños de vehículos con más de 10 años de antigüedad”, afirmó.
Desde la OPACI, Peralta plantea una modificación específica de la ley en lugar de eliminarla por completo. “Nuestra propuesta es modificar el artículo 1 de la ley 7447 para adecuarla a la realidad. No estamos en contra del control, ya que el artículo 2 establece que la Agencia Nacional de Tránsito debe supervisar su aplicación, y creemos que esto es necesario para evitar el descontrol”.
Además, señaló que la intención de la ley era evitar la fuga de contribuyentes. “Actualmente, en Asunción hay 500.000 autos registrados, pero solo 20.000 pagan la patente en la capital, mientras que los demás buscan municipios con tasas más bajas. Esta es una de las razones por las que la normativa fue creada”.
¿Patente de rodados: impuesto o tasa?
Peralta también abordó la controversia sobre si la patente vehicular es un impuesto o una tasa. “Algunos intendentes y hasta abogados confunden esto. Según la ley 620/76 y su modificatoria 135/91, la patente de rodados es un impuesto, no una tasa. La Constitución establece que los tributos deben ser regulados por ley, y en este caso, el tributo en cuestión está claramente categorizado como un impuesto”.
En cuanto a la igualdad tributaria, Peralta reconoció que la ley actual afecta de manera desproporcionada a los propietarios de vehículos más antiguos, lo que podría generar un debate sobre su constitucionalidad. “El artículo 180 de la Constitución dice que los impuestos deben ser proporcionales a la capacidad contributiva de cada ciudadano. Por eso proponemos una reducción gradual del valor imponible de los vehículos, con una depreciación del 10% anual hasta llegar a los 10 años de antigüedad”.
El valor imponible sería determinado por el Ministerio de Economía a través de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios. “No se tomará como referencia el valor de mercado, ya que esto generaría aún más distorsiones”, aclaró. Fuente: HOY