Diputado plantea incorporar la adopción de personas mayores de edad en Paraguay

El diputado Carlos Pereira presentó un proyecto de ley que busca regular la adopción de personas mayores de edad. La iniciativa responde a una necesidad donde las relaciones familiares trascienden los lazos biológicos, según el legislador.

El diputado Carlos Pereira (PLRA) afirmó que Paraguay es actualmente el único país de Latinoamérica sin una regulación legal para la adopción de personas que ya superan los 18 años de edad y con un vínculo afectivo demostrado con anterioridad.

Por ello, presentó un proyecto para llenar el vacío jurídico que impide a personas adultas formalizar, a través de la ley, las relaciones familiares construidas sobre el cuidado, el afecto y la solidaridad durante años.

“Hay un vacío legal que imposibilita que aquellas personas que hayan ya cumplido 18 años de edad puedan proseguir con el curso legal de esta cuestión de nexo familiar, que es lo que busca jurídicamente regular esta normativa”, explicó el legislador en comunicación con radio Monumental 1080 AM.

Pereira ya había presentado un proyecto similar hace poco más de un año, pero lo retiró debido a que no tomaba en cuenta aspectos jurídicos y económicos.

“Volví a retirar el proyecto y trabajando con los ministerios afectados, con la Fiscalía, la Defensoría, el Ministerio de la Niñez, haciendo correcciones y audiencias públicas. Este proyecto vuelve a ser presentado ya con todas las correcciones y con el visto bueno de todas estas instituciones”, agregó.

Para subsanar esto, el proyecto exige una “demostración afectiva” del vínculo ante un juez, con pruebas de conexión y lazos familiares durante los últimos cinco años. La sociedad debe verlos como una familia, y se requerirán testigos.

Requisitos para el adoptante

Debe tener al menos 36 años de edad. Poseer plena capacidad jurídica; acreditar una diferencia de edad de 18 años como mínimo con la persona adoptada; no estar vinculado con el adoptado por matrimonio, unión de hecho o parentesco por consanguinidad o afinidad en línea recta ni colateral hasta el cuarto grado.

También se requiere no haber sido condenado por delitos dolosos que comprometan su idoneidad moral o legal; en caso de estar casado, contar con el consentimiento expreso del cónyuge.

Si el adoptante ya tiene hijos biológicos, estos deben dar su visto bueno, especialmente por las implicaciones económicas que podría generar el nuevo vínculo legal.

Requisito para el adoptado

Debe ser mayor de edad y contar con plena capacidad jurídica. Prestar su consentimiento expreso, libre y personal. No estar impedido por vínculos previos con el adoptante.

El legislador señaló que aunque este proyecto se centra en la adopción de mayores de edad, el debate ha puesto de manifiesto la necesidad de acelerar los procesos de adopción de menores, los cuales a menudo se ven afectados por la burocracia institucional. Fuente: UH